La Cámara de Diputados aclaró este jueves que el aumento en los topes presupuestarios de los ayuntamientos, conforme a la Ley 176-07, no implica ni permite incrementos en los salarios de los alcaldes ni regidores, sino que responde a la necesidad real de dotar a los gobiernos locales de mayores capacidades operativas.
Mediante una nota de prensa, la entidad legislativa explicó que, además, con la nueva ley se busca atender las demandas ciudadanas, cumplir con el mandato constitucional y fortalecer la descentralización.
Asimismo, se persigue proporcionar mayor autonomía a los gobiernos locales, como lo establece la Constitución, mejorar su gestión y garantizar servicios de calidad.
La legislación establece el marco normativo para la organización, funcionamiento y competencias de los ayuntamientos en la República Dominicana, pero no contempla aumentos en los gastos de representación ni incrementos salariales para alcaldes o regidores.
El artículo 140 de la Constitución establece que ninguna institución pública o entidad autónoma que administre fondos públicos podrá establecer normas o disposiciones orientadas a incrementar la remuneración o beneficios de sus titulares o directivos.
En ese contexto, la Cámara Baja enfatizó que el aumento de los topes presupuestarios destinados a los ayuntamientos obedece a la necesidad de fortalecer la gestión municipal, mejorar la calidad de los servicios públicos locales y enfrentar los nuevos retos del desarrollo territorial, sin que esto implique un aumento en la compensación económica de los funcionarios electos.
La modificación de la Ley del Distrito Nacional y los Municipios contempla una redistribución de las partidas presupuestarias de la siguiente manera:
Servicios municipales: 40 %, que incluye limpieza, iluminación y seguridad comunitaria, infraestructura menor: 25 %, destinada a caminos vecinales, parques y drenaje pluvial, fortalecimiento institucional: 15 %, que abarca capacitación, digitalización y sistemas de control, programas sociales y desarrollo comunitario: 15 %, que incluye juventud, género, medio ambiente y cultura y emergencia y resiliencia: 5 %, para preparación ante desastres y salud comunitaria.