La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de Ley Orgánica de Bien de Familia, tras acoger las modificaciones realizadas por el Poder Ejecutivo, con el propósito de regular la constitución, renuncia o desafectación del bien de familia, una figura jurídica destinada a proteger el patrimonio familiar.
La iniciativa, que también fue previamente acogida por el Senado, tiene como propósito regular la constitución, renuncia o desafectación del bien de familia, una figura jurídica destinada a proteger el patrimonio familiar.
La aprobación de las observaciones contó con el voto unánime de los legisladores de las distintas bancadas partidarias, quienes respaldaron la importancia de la normativa como mecanismo de protección social y patrimonial.
Este código de familia se encuentra organizado conforme a un conjunto armónico y sistematizado de normas jurídicas que corresponden a la regulación de la familia, teniendo como fundamento la Constitución de la República, la Ley, los Tratados Internacionales ratificados, opiniones consultivas de órganos internacionales creados por convenios ratificados, decisiones del Tribunal Constitucional y de los tribunales internacionales cuya competencia ha sido reconocida.
Luis Abinader presentó cambios en el artículo 15, que indica que constituya un bien de familia por planes de mejoramiento social del Estado, aquellos bienes inmuebles transferidos por el Estado dominicano a particulares, deberán contener en el expediente presentado en el Registro de Títulos una indicación que valide si la vivienda ha sido edificada por el Estado dominicano, sus organismos autónomos o por el adquiriente, la cual podrá estar contenida en el contrato de transferencia, en una certificación o comunicación de la institución correspondiente.