La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto que modifica el artículo 21 de la Ley 176-07, normativa que regula el funcionamiento del Distrito Nacional y los municipios desde su promulgación el 17 de julio de 2007.
Inicialmente, la propuesta legislativa contemplaba cambios en los artículos 21, 36, 64 y 81. No obstante, tras deliberaciones en comisión, se acordó limitar la reforma únicamente al artículo 21, según detalló una nota informativa.
En su nueva versión, el Artículo 21 establece que los gobiernos municipales deben distribuir los fondos provenientes de las transferencias del Presupuesto General del Estado como participación en los ingresos ordinarios según los siguientes parámetros:
a) Hasta el treinta por ciento (30%) se destinará a cubrir la nómina y los gastos del personal administrativo, incluidos los salarios de los funcionarios electos.
b) Al menos el sesenta y cinco por ciento (65%) se asignará a servicios públicos, obras de infraestructura, equipamiento comunitario e inversiones de capital.
c) Al menos el cinco por ciento (5%) se reservará para programas de educación, salud y género. La aplicación de estos programas será regulada en el presupuesto municipal mediante criterios específicos y requisitos para las organizaciones colaboradoras.
Además, se introducen sanciones para quienes incumplan este mandato legal. “La violación de este artículo será sancionada con penas de 2 a 5 años de prisión, el pago de una indemnización de cinco (5) a veinte (20) salarios mínimos, así como la inhabilitación para el servicio público, según lo previsto por la legislación penal dominicana para estos casos.”
En caso de que el tesorero o contralor municipal omitan denunciar ante las autoridades competentes, serán castigados como infractores de acuerdo con la sanción antes mencionada.
Antes de finalizar la sesión, el presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco, convocó a los legisladores a una nueva jornada de trabajo el próximo martes a las 10:00 de la mañana.