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El Senado aprueba la modificación de la Ley 491-06 de Aviación Civil

El Senado aprueba la modificación de la Ley 491-06 de Aviación Civil

Santo Domingo, R.D. – El Senado de la República Dominicana ha aprobado la modificación de la Ley de Aviación Civil, con el objetivo de fortalecer las infracciones y sanciones aplicables a los pasajeros que no cumplan con las normas establecidas.

Estos cambios también impacta el uso de drones, El artículo 307 establece las contravenciones relacionadas con los operadores de aeronaves pequeñas pilotadas a distancia, conocidas por sus siglas en inglés como “Dron”, “Rpas” o “UAV”.

Según el nuevo reglamento, no informar al Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) constituye una infracción leve.

Además, no mantener un sistema de registro de los datos esenciales del vuelo y no presentar un informe por escrito dentro de un período de 10 días después de una emergencia en vuelo que requiera acción inmediata, también se considera una infracción.

Nuevas medidas para garantizar la seguridad y el orden en los vuelos

La ley reformada establece nuevas medidas para garantizar la seguridad y el orden en los vuelos, incluyendo multas de hasta 100 salarios mínimos para pasajeros que interfieran con la tripulación o agredan a otros pasajeros.

Esto también incluye sanciones por no abordar el vuelo o por hacerlo en estado de ebriedad o sustancias narcóticas.

Las penalizaciones por alteraciones del orden en el interior de las aeronaves.

Sobre la Ley 491-06 de Aviación Civil

La Ley de Aviación Civil es la normativa que regula la aviación civil en la República Dominicana. Esta ley establece las normas y procedimientos que deben seguir las aeronaves, pasajeros, tripulantes y empresas que operan en el espacio aéreo dominicano.

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