DISTRITO NACIONAL.- El Décimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional emitió el 28 de mayo de 2025 una orden de protección provisional contra Ricardo Antonio Pellerano Paradas, tras ser denunciado por su hermano Carlos Daniel Pellerano Paradas por presuntas amenazas de muerte y agresión física. La decisión fue tomada por la jueza Fátima Scarlette Veloz Suárez, luego de que el Ministerio Público presentara una solicitud respaldada por evidencias contundentes.
De acuerdo con el expediente presentado por la fiscal Evelyn S. García, adscrita al Departamento de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio Público, los hechos se remontan a marzo y mayo de 2024 y 2025, cuando Carlos Daniel reportó haber sido objeto de llamadas telefónicas con mensajes amenazantes, además de una confrontación física durante una reunión empresarial.
Según el testimonio ofrecido por el denunciante, mientras se encontraba en la iglesia San Judas Tadeo, recibió múltiples llamadas insistentes de Ricardo Pelleranos. Al contestar, escuchó frases como: “a Carlos lo voy a arreglar” y “le voy a dar pa’ bajo”.
Posteriormente, en marzo de este año, ambos coincidieron en una asamblea de negocios, donde Ricardo presuntamente se abalanzó sobre Carlos, agrediéndolo físicamente con empujones y forcejeos.
Para sustentar la solicitud de protección, el Ministerio Público presentó una querella formal, un acta de entrevista realizada al denunciante y una evaluación psicológica que evidenció afectaciones emocionales como consecuencia de los hechos. La jueza Veloz Suárez, tras examinar las pruebas y evaluar la competencia del tribunal para conocer el caso, decidió acoger la solicitud y emitir una orden de protección provisional, medida contemplada en la legislación dominicana para proteger a víctimas de violencia intrafamiliar mientras se desarrolla el proceso judicial.
La orden judicial establece que Ricardo Antonio Pellerano Paradas deberá abstenerse de molestar, intimidar, amenazar o comunicarse con el denunciante, ya sea en persona, por medios electrónicos o a través de terceros. También le prohíbe acercarse a su lugar de residencia, trabajo o cualquier sitio frecuentado por Carlos Daniel.
Asimismo, el tribunal advirtió que cualquier incumplimiento de esta orden podrá conllevar el arresto inmediato del investigado, sin necesidad de una orden adicional, según lo dispuesto en el Código Procesal Penal dominicano.