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Las tres causales sobre el aborto generan división en debates del Código Penal

Las tres causales sobre el aborto generan división en debates del Código Penal

Aunque las principales variaciones coinciden en algunas reformas a los artículos 14, 123 y 185, las discusiones sobre la interrupción del embarazo continúan dividiendo a los sectores sociales

 Esta semana inició con una vista pública en la que cientos de ciudadanos y representantes de organizaciones presentaron ante la Cámara de Diputados sus observaciones con relación a lo establecido en los tres proyectos de modificación del Código Penal.

Aunque las principales variaciones coinciden en algunas reformas a los artículos 14, 123 y 185, las discusiones sobre la interrupción del embarazo continúan dividiendo a los sectores sociales.

Desde movimientos políticos y sociales hasta profesionales del área de la salud escenificaron un debate de posiciones firmes y discordantes en la cámara baja.

Mientras algunos consideran necesario la despenalización del aborto en casos excepcionales, el otro extremo de la sociedad considera un delito que una madre decida cuándo su hijo debe morir.

Tal es el caso de la activista social Natalia Mármol, quien calificó la propuesta aprobada en dos lecturas por el Senado, y favorecida en una discusión por los diputados, como “una legislación criminal”.

“Este Código Penal desprotege a las familias, excluyendo las tres causales, sin las cuales la vida de las mujeres corre peligro. Negar las tres causales es permitir que las mujeres continúen muriendo”, indicó Mármol.

Por otro están aquellos que se identifican como provida. Uno de estos fue el ginecólogo Jael Omar Salcedo, que señaló a otros padecimientos y condiciones de salud de ser los principales causantes del fallecimiento de la madre durante el proceso del embarazo y no a la falta de despenalización del aborto.

“Quién les ha dicho a ustedes que son Dios para decidir sobre la vida de un ser humano”, preguntó ante los 20 miembros que componen la comisión especial de diputados.

Por eso, pidió a los legisladores aprobar con rapidez las piezas del Código Penal sin la inclusión de “las tres causales”.

PRESCRIPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN E IGLESIAS

En el caso de la persecución de los actores judiciales contra aquellos que cometan delitos de corrupción administrativa en el Estado hubo consenso.

La ciudadanía está convencida, en su gran mayoría, de que el artículo 328 del marco penal debe ser modificado para que sea imprescriptible.

De esta manera se podrá garantizar que ningún caso de corrupción “quede impune a través del tiempo”.

Así lo considera también una representación de Participación Ciudadana (PC), dirigida por su coordinador Erick Machado.

El artículo 14, que otorga una exoneración de responsabilidad penal al Estado dominicano, Distrito Nacional, los municipios, los ayuntamientos, las juntas de los distritos municipales y las iglesias, también generó rechazo.

Esto, debido a quienes lo visualizan como el método que utilizarán narcotraficantes y organizaciones criminales para el lavado de dinero y cometer otros delitos.

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