Santo Domingo, R.D El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha recordado que, de acuerdo con las normas vigentes, los funcionarios y servidores de los entes y órganos del ámbito del Poder Ejecutivo no pueden ejercer de manera simultánea las funciones de alcalde y director de distrito, ni ocupar ningún otro cargo remunerado en los gobiernos locales, excepto en el caso de la docencia.
La circular 008040, firmada por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, establece que los funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo solo podrán desempeñar las funciones de regidores de ayuntamientos y vocales de juntas de distritos de forma honorífica, siempre que no se vean afectados por ninguna de las incompatibilidades establecidas en la Ley 176-07, que rige el Distrito Nacional y los municipios. Además, estas funciones no deben interferir con la jornada laboral de la institución donde trabajan.
La circular también aclara que los funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo pueden ejercer la función de suplente de regidor, ya que este último cargo no es remunerado.
El MAP, en su calidad de órgano rector de la Función Pública, junto con la Contraloría General de la República (órgano rector del Control Interno), y los entes y órganos del ámbito del Poder Ejecutivo, son responsables de garantizar la efectiva aplicación y el debido cumplimiento de esta circular. Para ello, coordinarán con las autoridades de los gobiernos locales.
Estas medidas se enmarcan en la Ley 176-07, el artículo 44 de la Constitución de la República, la Ley 41-08 de Función Pública y la Ley 105-13 de Regulación Salarial del Estado Dominicano, que prohíben ocupar más de una posición remunerada en la Administración Pública.