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Mujer acusada de matar comerciante chino se fugó del país porque teme por su vida, dice su abogado

Mujer acusada de matar comerciante chino se fugó del país porque teme por su vida, dice su abogado

Si Furcal Rodríguez es encontrada culpable de homicidio voluntario, podría ser condenada a 20 años de cárcel

SANTO DOMINGO.- El abogado Tomás Castro, quien junto a Luis Alcántara defienden a Francelys María Furcal Rodríguez, acusada de la muerte de su jefe el nacional chino Chen Zongxin de una estocada en el centro comercial Z&C, en abril del año 2022, expresó este lunes que su cliente tomó la decisión de fugarse del país porque teme por su vida.

“Esa fue la razón por la que ella se fue del país, porque su vida corre peligro”, aseguró.

Se recuerda que en un video se captó el altercado entre la dominicana y el ciudadano chino, que culminó con la muerte de éste, hecho ocurrido en una ferretería de la avenida Juan Pablo Duarte, del Distrito Nacional.

En el audiovisual se observa a Fulcar Rodríguez, de 30 años, y a Jhei Leet, de 34, mientras laboraban en el referido centro comercial, propiedad del asiático.

Castro se expresó al salir de la audiencia de medida de coerción contra su cliente, a quien el juez Rigoberto Sena envió por tres meses a la cárcel de Najayo.

En ese sentido, dijo que presentaron argumentó al tribunal para que se imponga el arresto domiciliario a su defendida, pero el magistrado entendió que persiste el peligro de fuga.

Si Furcal Rodríguez es encontrada culpable de homicidio voluntario, podría ser condenada a 30 años de cárcel

El Ministerio Público señala a Francelys María Furcal Rodríguez, de homicidio voluntario, en perjuicio del comerciante chino Zongxin Chen y uso de pasaporte falso, delitos tipificados en los artículos 295 y 304, 153 y 154 del Código Penal Dominicano, que sancionan dichos delitos.

El homicidio voluntario, a menudo denominado delito cometido con “emoción violenta”, se define como el hecho de quitarle intencionalmente la vida a otra persona.

El artículo 295 del Código Penal Dominicano establece que el que voluntariamente mata a otro, se hace reo de homicidio.

Sin embargo, el órgano acusador también introdujo en su expediente el artículo 304 del mismo código, que castiga con la pena de treinta años de trabajos públicos, cuando su comisión preceda, acompañe o siga otro crimen.

Igual pena se impondrá cuando haya tenido por objeto preparar, facilitar o ejecutar un delito, o favorecer la fuga de los autores o cómplices de ese delito, o asegurar su impunidad.

Mientras que el 153 explica que se impondrá la pena de tres a diez años de trabajos públicos, al que hiciere un pasaporte falso o lo falsifique.

El 154 detalla que el que usando nombre falsos registra ese documento, entonces será castigado con prisión correccional, de tres meses a un año.

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