Santo Domingo, R.D. Este 19 de mayo de 2024, se disputa más que la presidencia y otros 264 cargos electivos.
El resultado de estas elecciones determinará la configuración del poder político para la integración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y el Senado de la República, que son responsables de seleccionar a los miembros de seis órganos de poder adicional.
Durante el próximo período gubernamental y legislativo 2024 al 2028, se evaluarán los jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que hayan cumplido siete años en el cargo. Además, se elegirán cuatro magistrados para el Tribunal Constitucional y se designarán los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), siendo esta selección responsabilidad del CNM.
Asimismo, se escogerán nuevos miembros para la Junta Central Electoral (JCE), la Cámara de Cuentas (CC) y el Defensor del Pueblo (DP), siendo esta atribución del Senado.
En el próximo período gubernamental, el CNM evaluará el desempeño de doce jueces de la Suprema que cumplirán siete años en 2026, incluido el presidente de ese órgano, Luis Henry Molina.
Además, hay una vacante en la SCJ que el CNM podría llenar en cualquier momento, relacionada con el espacio dejado por el actual presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez, quien en su elección era juez de la SCJ.
Los doce jueces de la SCJ, que cumplirán el período de siete años, juramentados el 5 de abril de 2019, los evaluarán el desempeño por el CNM.
Además de Luis Henry Molina, otros jueces incluyen a Manuel Herrera Carbuccia, ratificado y designado como primer sustituto del presidente de la SCJ, Pilar Jiménez, designada como segunda sustituta del presidente de la SCJ, Francisco Antonio Jérez Mena y Fran Soto, ambos ratificados para continuar en la corte en 2019.
También se encuentran Vanessa Acosta Peralta, Samuel Arias Arzeno, Anselmo Bello Ferreras, María Garabito, Justiniano Montero Montero y Nancy Salcedo Fernández. Moisés Ferrer, juramentado en 2017, cumplirá el período de siete años en septiembre de este año.
El CNM también deberá seleccionar nuevos jueces y suplentes para el Tribunal Superior Electoral (TSE), cuyo período de cuatro años vence en julio de 2025.
Además, el CNM debe escoger cuatro jueces del Tribunal Constitucional que fueron seleccionados en 2018 y cumplirán un período de nueve años en 2027.
Estos jueces del Tribunal Constitucional incluyen a Domingo Antonio Gil, Miguel Valera Montero, Alba Luisa Beard Marcos y José Alejandro Ayuso, quienes fueron electos en 2018 cuando el CNM estaba presidido por el entonces presidente Danilo Medina."
Defensoría del Pueblo
El artículo 192 de la Constitución se refiere a la selección del Defensor del Pueblo. Según este artículo, el Senado nombra al Defensor del Pueblo y a sus adjuntos para seis años, a partir de ternas propuestas por la Cámara de Diputados. Permanecen en el cargo hasta que sean sustituidos.
La Cámara de Diputados debe seleccionar las ternas en la legislatura ordinaria antes de que termine el mandato de los designados y presentarlas al Senado en un plazo no superior a quince días después de su aprobación. El Senado debe realizar la elección en los treinta días siguientes.
Pablo Ulloa, el actual Defensor del Pueblo, y los demás miembros de ese órgano fueron seleccionados en junio de 2021, por lo que su período de seis años vence en junio de 2027.
Los actuales miembros de la Junta Central Electoral (JCE) cumplen los cuatro años para los que fueron escogidos en noviembre de este año y son seleccionados por el Senado de la República.
El artículo 212 de la Constitución establece las atribuciones de la JCE. Según el párrafo uno, la JCE está integrada por un presidente y cuatro miembros con sus suplentes. Los elige el Senado para cuatro años, con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes. La Constitución no prohíbe que los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) ni los miembros de la JCE repitan en sus cargos.
Cámara de Cuentas
En cuanto a los miembros de la Cámara de Cuentas, fueron elegidos en abril de 2021, por lo que su tiempo vence el próximo año 2025. La Constitución tampoco prohíbe que sus miembros puedan ser reelegidos en sus cargos.
Con relación a la integración de las altas cortes, el párrafo uno del artículo 180 de la Constitución establece que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), al designar a los jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), determinará cuál de ellos ocupará la presidencia y designará un primer y segundo sustituto para reemplazar al presidente en caso de falta o impedimento. Los presidentes y sus sustitutos ejercerán estas funciones durante un período de siete años. Al término de este período, y tras una evaluación de su desempeño realizada por el CNM, podrán ser elegidos para un nuevo período.
El artículo 181 establece la evaluación del desempeño de los magistrados de la SCJ. Los jueces de la SCJ están sujetos a esta evaluación al término de siete años desde su elección, realizada por el CNM. En los casos en que el CNM decida separar a un juez de su cargo, debe fundamentar su decisión en los motivos contenidos en la ley aplicable.
En caso de vacante de un juez investido con una de las calidades mencionadas anteriormente, el CNM designará a un nuevo juez con igual calidad o atribuirá está a otro de los jueces de la SCJ. En cuanto a los jueces del Tribunal Constitucional (TC), la Constitución, en su párrafo del artículo 187, establece que serán designados por un único período de nueve años. No podrán ser reelegidos, excepto quienes hayan ocupado el cargo como reemplazantes por menos de cinco años. La composición del Tribunal se renovará gradualmente cada tres años.
Consejo Nacional de la Magistratura
Según lo establecido en el artículo 178 de la Constitución, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) está compuesto por ocho miembros. Estos miembros incluyen al presidente de la República, al presidente de la Suprema Corte de Justicia, al presidente del Senado, al presidente de la Cámara de Diputados, al secretario de la Suprema Corte, al Procurador General de la República, a un senador que representa la segunda mayoría y a un diputado que también representa la segunda mayoría de los partidos políticos.
La composición de este órgano quedará definida por el resultado de las elecciones del 19 de mayo.